sábado, 19 de abril de 2008
COMICIOS
Comitia Calata
Los más antiguos son los Comitia Calata, sobre temas religiosos, que desaparecieron con la llegada de la República romana.
Comicios Curiales
Los Comicios Curiales (comitia curiata) consistían en la división en 10 secciones de cada una de las tres tribus originales de Roma (Ramnes, Tities y Luceries). Cada una de estas 30 curias elegía un curion o representante. Puesto que cada curia solía estar dominada por una gens patricia, gracias a su ascendiente local y sus clientes plebeyos, la reunión de los 30 curiones pasó a convertirse en antecedente del Senado. De hecho, la palabra 'Curia' pasó a designar el lugar de reunión del Senado.
Ya existían en el 509 a. C., ya que son unas asambleas de origen etrusco y con la república pierden parte de su poder. En época monárquica, estos comicios confirmaban el imperium del rey, votaban las leyes y organizaban el culto. En época republicana, con la constitución del senado como órgano autónomo, estos comicios perdieron todo sentido y poder. Su principal función era la de dar el Imperium a los magistrados, por la lex curiata de imperio. Luego, las elecciones fueron sustituidas por los lictores presididos por el Pontífice Máximo, quedándole únicamente sus atribuciones religiosas.
Comicios Centuriados
Se mezclaba el sistema por centuria y por tribus y representaban a toda la población. Dentro de las tribus había centurias de seniores (más de 46 años) y de iuniores (menos de 46) y se dividían ambas categorías por el dinero que poseían. La lex hortensia es la que regula todas las atribuciones, así se diferencian los tipos de ciudadanos.
* Ciudadanos de primera categoría. Son los que tenían más de 100.000 Ases
* Ciudadanos de segunda categoría. Poseían más de 75.000 Ases
* Ciudadanos de tercera categoría. Sus rentas eran mayores de 50.000 Ases
* Ciudadanos de cuarta categoría. A ellos pertenecían más de 25.000 Ases
* Ciudadanos de quinta categoría. Tienen menos de 11.000 Ases, que son la clase que forman los capiti censi, es decir, los que no se recogen dentro del censo
En una tribu había grupos, y según las cantidades de Ases que tuvieran los ciudadanos forman parte de una centuria u otra. Había dos centurias por clase social (Seniores y Iuniores) y 5 clases sociales, por lo que había 10 clases por tribu y 350 en total. Además, había 18 centurias que eran de Equites y 5 centurias que eran de Capiti Censi, por lo que había en total 373 centurias, y se ganaba con 187 que daban el mismo voto y luego se dejaba de votar. De la primera clase, ya había 70 centurias y entre las centurias de las tres primeras clases ya ganaban las elecciones, con lo que no era necesaria la participación de las demás clases inferiores. Con esto, personas sin tierras, que se habían enriquecido por el comercio, como podían ser los plebeyos, pueden acceder a las centurias más elevadas, con una mayor importancia social y legislativa. Esto se establece a partir de la ley de Apio Claudio en el 312 a. C. Por otra parte, los que tenían menos de 11.000 Ases, los Capiti Censi o Proletarii pueden votar por medio de una agrupación de cinco centurias. Como votaban primero los de las clases altas, con las tres primeras clases ya se llegaba a mayoría absoluta, por lo que la democracia en Roma no era total.
La creación de los Comicios Centuriados hizo perder parte de sus atribuciones a los comitia curiata y solo conservaron actos menores y el recibir el juramente de los cónsules. Desaparecieron lentamente, y a fines del siglo III adC ya no constituían ningún poder.
Los Comicios Centuriados adquirieron las funciones de los Curiados. Elegían cónsules, senadores y magistrados, decidían sobre la guerra y la paz, legislaban y decidían sobre apelaciones. El auge de los Comicios Tribunados les hizo perder parte del poder, conservando la elección de los cónsules y censores. Al principio sus decisiones debían ser refrendadas por el Senado, pero a finales del siglo III adC ya no era necesario.
Comicios Tribunados
Los Comicios Tribunados surgieron como reuniones de la plebe (dividida en 4 tribus o distritos, luego aumentados a 21, y más tarde hasta 53) sin poder decisorio. Pero con el tiempo sus acuerdos se convirtieron en leyes y sus decisiones sustituyeron a las de otros comicios. Primero convirtió sus votaciones en leyes; consiguió el nombramiento de algunos magistrados; más tarde pudo conceder honores, anular decisiones del Senado y hasta asumió la competencia en los tratados de paz y alianza. Pero a finales del siglo III adC el Senado, formalmente supeditado a los Comicios Tribunados, había adquirido el control de estos.
Los magistrados eran elegidos en los comicios correspondiente por los ciudadanos con derecho a sufragio. Cada magistrado que pretendía ser elegido presentaba unas propuestas de gobierno o intenciones con las que aseguraba que ejercería el cargo, especie de programa electoral, llamado entonces edicto.
Pérdida de importancia de los comicios
La extensión de la ciudadanía no supuso la ampliación de las circunscripciones por tribus, sino que los nuevos ciudadanos fueron incluidos en las ya existentes, con lo cual los Comicios perdieron su eficacia al ser imposible reunir a todos los ciudadanos con derecho a voto, dispersos por toda Italia.
Desde entonces todas las Asambleas o Comicios votaron siempre afirmativamente a las propuestas del convocante, salvo en alguna cuestión de ámbito local o de carácter excepcional, siendo siempre una oposición efímera.
Las Asambleas o Comicios estaban además dominadas por los clientes de los Senadores, de la nobleza y de la aristocracia. Estos clientes, formados en su mayoría por descendientes de antiguos esclavos o por gente pobre que se había puesto bajo la protección de un patrón, estaban obligados por las relaciones de sumisión existentes con quien ejercía el patronazgo, que además les acompañaba a la Asamblea, y que hacían el contrapeso de las clases medias no sujetas a clientela.
Las liberaciones de esclavos con ocasión de la Segunda guerra púnica hicieron aumentar notablemente el número de clientes que acudía a los comicios (se les llamaba el populacho de Roma).
Comicios centuriados
Los comicios centuriados se reorganizaron el año 141 adC, distribuyéndose en las siguientes clases:
* 1) Los caballeros, básicamente de la nobleza patricia o plebeya.
* 2) la primera clase, con un censo de más de cien mil ases o cuarenta mil sestercios.
* 3) la segunda clase, con un censo de más de setenta y cinco mil ases.
* 4) la tercera clase, con un censo de más de cincuenta mil ases.
* 5) la cuarta clase, con un censo de más de veinticinco mil ases.
* 6) la quinta clase con un censo de más de once mil ases.
Los votos de los caballeros y la primera clase, por su mayor valor, daban la mayoría. Los ases de referencia eran del tipo llamado pequeño (1 as pequeño = 1,10 en dinero; 1 as grande = 1/5 en dinero), aunque al principio debió usarse el patrón del as grande.
No obstante los caballeros perdieron el derecho a votar los primeros, que paso a una de las tres primeras clases a determinar por sorteo. Los emancipados obtuvieron el derecho al voto, pero como eran demasiado numerosos y afluían de lugares muy diversos, más tarde lo perdieron. Cada clase tenía el mismo número de votos, con lo cual los últimos de cada clase descen-dían a la siguiente, o los primeros ascendían a la anterior a fin de igualarlas. Por ello después de la votación de la tercera clase quedaba determinada la mayoría.
De hecho el voto en primer lugar paso a la primera clase, que disponía lógicamente de un cuarto de los votos, manteniéndose separada la clase de los caballeros.
Las funciones de estos comicios eran básicamente la elección de cónsules, censores y pretores y las decisiones sobre la guerra ofensiva.
Comicios por tribus (Comicios tribunados)
En los comicios por tribus (comitia tributa) votaban todos los ciudadanos romanos (ingenuos) y los domiciliados, mientras que los no domiciliados y los emancipados, incluidos en cuatro tribus (de un total de 35) no contaban en las deliberaciones.
Las votaciones de las Leyes, elecciones de magistrados, acusaciones criminales y otros temas, habían ido pasando a estos comicios tribunados (se habían dejado a los centuriados la elección de censores, cónsules y pretores). Así los comicios tribunados elegían a cuestores, ediles curules, tribunos y ediles de la plebe.
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